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En su primera sesión, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión formalizó la declaratoria de la reforma constitucional que prohíbe la producción, comercialización y distribución de fentanilo y otras drogas sintéticas. La misma reforma también establece sanciones para las actividades relacionadas con cigarrillos electrónicos, vapeadores y dispositivos similares.
Esta modificación a los artículos cuarto y quinto de la Constitución fue remitida al Diario Oficial de la Federación (DOF) para su publicación, después de obtener el aval de 22 congresos locales.
La reforma es parte de las 17 iniciativas constitucionales presentadas el pasado 5 de febrero por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador. Fue aprobada por la Cámara de Diputados el 3 de diciembre de 2024 y ratificada por el Senado el 11 del mismo mes.
El senador Gerardo Fernández Noroña, presidente en turno de la Comisión Permanente, emitió la declaratoria tras la notificación de la secretaria de la Mesa Directiva, Nohemí Camino, sobre la aprobación por parte de las legislaturas locales de los estados de Baja California, Campeche, Chiapas, Ciudad de México, Colima, Durango, Hidalgo, México, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.
Con esta reforma, se refuerza el marco jurídico para combatir el narcotráfico y el uso de dispositivos que representan riesgos para la salud pública.

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