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A partir de este jueves, entraron en vigor beneficios fiscales, condonaciones de multas y estímulos destinados a vehículos particulares, del transporte público y privado de carga. Estos beneficios se oficializaron tras la publicación del decreto en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, ejemplar número 6317, aprobado por las secretarías de Hacienda y de Movilidad y Transporte (SMyT).
El decreto establece que los concesionarios del transporte público de pasajeros, tanto con itinerario fijo como sin él, y del transporte de carga, recibirán un subsidio del 100% en el pago del Impuesto sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados.
Además, se ofrecerá un descuento del 50% en los derechos por servicios de control vehicular, específicamente para la renovación de concesiones del servicio público de transporte, la expedición, canje anual y reposición de tarjetones, así como las cesiones de derechos.
Para los conductores de vehículos particulares, se aplicará un subsidio fiscal del 50% en trámites de expedición, renovación y reposición de licencias de conducir en las modalidades de chofer, automovilista, motociclista y turista. También se condonarán los recargos en el concepto de Refrendo Vehicular 2024 y anteriores.
Adicionalmente, se dispensarán los derechos causados por el canje anual de tarjetones para el servicio público de transporte de pasajeros, tanto con itinerario fijo como sin él, así como para el servicio público de carga, referentes a los ejercicios fiscales anteriores a 2024.
La Secretaría de Movilidad y Transporte invitó a las personas interesadas a acudir a sus oficinas centrales, macro módulo y delegaciones regionales para aprovechar estos subsidios, los cuales estarán vigentes hasta el 5 de julio de este año.

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