El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, por mayoría de votos, que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no tiene competencia para invalidar suspensiones judiciales, como las emitidas por dos jueces en Jalisco y Michoacán, que buscaban frenar el proceso electoral para elegir a ministros, jueces y magistrados.
La Corte ordenó a dichos jueces revisar las suspensiones emitidas en un plazo de 24 horas, y si se consideran ilegales, eliminarlas.
Esta resolución, aprobada con siete votos a favor, también aclaró que el TEPJF no está facultado para determinar la validez de las suspensiones en juicios de amparo.
Además, se eliminó del proyecto la propuesta de exhortar a las autoridades federales a acatar las suspensiones, lo que abre la puerta para la continuación del proceso electoral judicial.
Deja un comentario