Más de 13 mil aspirantes presentaron examen de admisión para ingresar a la UAEM
Sudáfrica llega a Hidalgo para preparar su debut ante México en el Mundial 2026
Sheinbaum ve posible acuerdo con maestros mediante diálogo
Captan abuso sexual en calles de puente de ixtla; agresor fue detenido pero no denunciado
Sheinbaum anuncia inversiones farmacéuticas por más de 21 mil millones de pesos en México
Morelos mantiene vigilancia epidemiológica preventiva ante contexto internacional por ébola
Algunos derechos reservados © 2024. Instituto Morelense de Radio y Televisión. Medio Público comprometido con la sociedad a difundir contenidos que construyen ciudadanía y que difunden Ciencia, Valores y Cultura producida en Morelos. rtvmorelos.mx
En apenas una hora con 38 minutos y sin debate de fondo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió de forma definitiva siete juicios promovidos desde hace hasta 16 años por Elektra y TV Azteca, confirmando que ambas empresas deberán pagar más de 48 mil 326 millones de pesos por adeudos de ISR, actualizaciones, recargos y multas correspondientes a los ejercicios fiscales de 2008 a 2015.
Por unanimidad, las ministras y ministros coincidieron en que los argumentos del conglomerado de Grupo Salinas carecían de interés constitucional excepcional, al existir precedentes firmes sobre la validez de las disposiciones de la Ley del ISR que las empresas buscaban impugnar. Con ello, los fallos de tribunales colegiados quedaron firmes.
La decisión del Pleno establece además criterios que facilitarán la resolución de otros litigios similares, incluidos casos aún abiertos del mismo grupo empresarial; al reiterar que las normas impugnadas ya han sido validadas por el alto tribunal.
Los siete asuntos fueron resueltos a partir de 15 proyectos presentados por siete ministras y ministros. El caso más extenso fue el amparo directo en revisión 6321/2024, relativo al crédito fiscal más alto: 33 mil 306 millones de pesos derivados del ejercicio de 2013. El Pleno desechó el amparo tras revocar un acuerdo de 2024 en el que la entonces ministra presidenta, Norma Piña, había admitido la revisión.
La Corte también declaró infundado un recurso de impedimento con el que Elektra buscaba apartar de los casos a la ministra Lenia Batres Guadarrama, al argumentar supuestos riesgos de parcialidad por comentarios críticos publicados años atrás. Con ello, el nuevo Pleno revirtió criterios previos que habían separado a la ministra de dos asuntos del conglomerado.

Deja un comentario