Más de 13 mil aspirantes presentaron examen de admisión para ingresar a la UAEM
Sudáfrica llega a Hidalgo para preparar su debut ante México en el Mundial 2026
Sheinbaum ve posible acuerdo con maestros mediante diálogo
Captan abuso sexual en calles de puente de ixtla; agresor fue detenido pero no denunciado
Sheinbaum anuncia inversiones farmacéuticas por más de 21 mil millones de pesos en México
Morelos mantiene vigilancia epidemiológica preventiva ante contexto internacional por ébola
Algunos derechos reservados © 2024. Instituto Morelense de Radio y Televisión. Medio Público comprometido con la sociedad a difundir contenidos que construyen ciudadanía y que difunden Ciencia, Valores y Cultura producida en Morelos. rtvmorelos.mx
Desde este viernes 16 de enero quedó prohibida en todo el país la comercialización, distribución y publicidad de vapeadores y cigarrillos electrónicos, luego de la entrada en vigor de la reforma a la Ley General de Salud publicada un día antes en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
La nueva disposición prohíbe la adquisición con fines comerciales, producción, importación, exportación, transporte, venta y suministro de vapeadores y de cualquier dispositivo electrónico o tecnológico que permita calentar, vaporizar o atomizar sustancias, con o sin nicotina. La restricción no aplica para la posesión o consumo con fines distintos a los comerciales.
Asimismo, quedan canceladas todas las autorizaciones sanitarias otorgadas previamente y se prohíbe cualquier tipo de publicidad o propaganda en medios impresos, digitales, radio, televisión o plataformas electrónicas.
El incumplimiento de la norma podrá ser sancionado con penas de uno a ocho años de prisión, además de multas que van de 100 a 2 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a entre 11 mil y más de 226 mil pesos. La medida busca reforzar la protección de la salud pública, especialmente entre niñas, niños y jóvenes.

Deja un comentario