Aumentan 25% urgencias por golpe de calor en Morelos
Reportan más de 2 mil picaduras de alacrán en Morelos; muere un menor en Ayala
Aseguran vacunas falsas y 15 mil dosis de clonazepam en Edomex
Investigan desarrollo inmobiliario en Tepoztlán; alistan acciones legales
Sheinbaum viaja a España tras casi ocho años sin visita oficial de un presidente mexicano
Margarita González Saravia, entre las cinco gobernadoras mejor evaluadas
Algunos derechos reservados © 2024. Instituto Morelense de Radio y Televisión. Medio Público comprometido con la sociedad a difundir contenidos que construyen ciudadanía y que difunden Ciencia, Valores y Cultura producida en Morelos. rtvmorelos.mx
El Senado de la República aprobó con 76 votos a favor y 39 en contra, en lo general, el dictamen de reformas a la Ley de Amparo, al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. En lo particular, la votación fue de 70 a favor y 39 en contra.
La iniciativa, enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum el 15 de septiembre, fue turnada a la Cámara de Diputados para continuar con el proceso legislativo.
Entre los objetivos centrales destacan agilizar los juicios de amparo, fortalecer el combate al lavado de dinero y al financiamiento ilícito, impedir que las suspensiones de amparo sirvan para desbloquear cuentas bancarias ligadas a delitos, garantizar la recaudación fiscal y avanzar hacia un sistema digital de juicios de amparo.
En cuanto a las modificaciones, se plantea precisar la figura del interés legítimo, acotar la suspensión del acto reclamado en casos relacionados con delincuencia financiera y deuda pública, establecer plazos procesales más estrictos y sancionar prácticas dilatorias. Además, se propone que el amparo pueda tramitarse en línea mediante el uso de la Firma Electrónica.
Respecto al ámbito fiscal, la reforma busca impedir que los contribuyentes utilicen recursos legales para retrasar el pago de créditos fiscales firmes, y fortalecer al Tribunal Federal de Justicia Administrativa en la resolución de estos casos.

Deja un comentario